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Informes de la Defensoria del Pueblo

  Informes Defensoría del Pueblo

Presentación de Informes.- Las instituciones públicas y sujetos obligados deberán, a través de su representante legal, remitir a la Defensoría del Pueblo un informe anual sobre el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública. Este informe, que debe presentarse hasta el último día laborable de enero, incluirá:

  1. Información del período anterior sobre el cumplimiento de las obligaciones de la ley.
  2. Detalle de las solicitudes de acceso a la información, incluyendo el tiempo de respuesta.
  3. Informe semestral actualizado del índice de información reservada.
  4. Índice de información clasificada como reservada, especificando la fecha de clasificación y su período de vigencia

Presentación de Informes.- Todas las instituciones públicas, personas jurídicas de derecho público o privado y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, a través de su titular o representante legal, presentarán a la Defensoría del Pueblo, hasta el último día laborable del mes de marzo de cada año, un informe anual sobre el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública.