Acceso a la Información Pública
Derecho de acceso a información pública
Art. 18 Constitución de la República:
Todas las personas en forma individual o colectiva tienen derecho a acceder libremente a la información generada en entidades públicas o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley.
La Defensoría del Pueblo de Ecuador en su calidad de Institución Nacional de Derechos Humanos, con la finalidad de reconocer a las entidades por transparentar y garantizar el acceso a la información pública, confiere la presente Certificación al GAD Municipal del Cantón Cuenca por la presentación del Informe anual sobre el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública período 2022.
1.- Acceso en línea
2.- Acceso Presencial