Informes de Publicidad
NORMATIVA
La Constitución del Ecuador garantiza a todas las personas el derecho a comunicarse libremente, acceder a la información, participar en los medios de comunicación y utilizar herramientas tecnológicas, sin importar su idioma, cultura o condición. También asegura el derecho a recibir información verificada, clara y sin censura, especialmente cuando se trata de temas de interés público.
En ese sentido, las instituciones del Estado deben informar a la ciudadanía sobre lo que hacen, cómo lo hacen y cuánto gastan, especialmente en temas de publicidad y comunicación.
De acuerdo con la Ley Orgánica de Comunicación (artículo 95), cuando una entidad pública contrata publicidad, debe repartir su inversión entre:
- Medios públicos (33%),
- Medios privados (33%) y
- Medios comunitarios (34%).
Además, cada institución debe publicar cada año un informe en su página web, donde explique:
- Cuánto presupuesto tuvo para publicidad,
- En qué medios gastó ese dinero,
- Qué contratos hizo, y
- Cómo se eligieron esos medios y agencias de publicidad.
No publicar este informe es una falta grave que puede llevar a la destitución del funcionario responsable. La Contraloría General del Estado es la encargada de revisar que esto se cumpla. También, los medios de comunicación deben publicar cada año sus tarifas publicitarias.
Con estas reglas, se busca garantizar una comunicación transparente, equitativa y participativa, que beneficie a toda la ciudadanía.
Accede aquí a los informes de gasto de publicidad emitidos por el
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca